Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 03 de septiembre de 2025 | Comunicado
- A través de un decreto, se estableció la prohibición de 35 plaguicidas desde su producción o importación hasta su aplicación en México. Se trata de sustancias altamente peligrosas para la salud y la biodiversidad, los recursos naturales y la calidad de los ecosistemas
- De manera coordinada, las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural, de Salud, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Economía analizaron, con evidencia científica, el listado de plaguicidas a prohibir
- Hace 34 años que en México no se prohibían plaguicidas peligrosos con este alcance
La última prohibición de este tipo en el país incluyó 21 ingredientes activos y fue hace 34 años, en 1991. Estas sustancias se prohíben a fin de evitar efectos adversos graves para la salud humana y el medio ambiente, muchos de los cuales permanecen en la naturaleza y en los tejidos de los humanos y los animales, y pasan a la cadena alimenticia afectando a otros organismos.
Este primer decreto se da en el marco de una estrategia nacional integral, orientada a asegurar la producción de alimentos saludables e inocuos y la protección de la salud pública y el medio ambiente, en colaboración con la industria de protección fitosanitaria, las y los productores y atiende las preocupaciones de la sociedad para hacer frente a los riesgos asociados al manejo inadecuado de plaguicidas.
Este esfuerzo conjunto entre las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA); Economía; Medio Ambiente y Recursos Naturales (MEDIO AMBIENTE), y Salud tiene como objetivo primordial preservar la salud de las y los trabajadores agrícolas y de la población en general, proteger el medio ambiente, y promover una agricultura sostenible, en consonancia con las mejores prácticas a nivel global y los estándares de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés) así como la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El decreto –que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF)– obliga a la Administración Pública Federal a revocar y abstenerse de otorgar autorizaciones, permisos y registros para la producción, formulación, fabricación, almacenamiento, importación, transporte, comercialización, distribución, uso, aplicación y disposición final de 35 plaguicidas en todo el territorio nacional.
Las secretarías de AGRICULTURA, ECONOMÍA, MEDIO AMBIENTE y SALUD ya trabajan en la identificación y análisis de otras sustancias que serán prohibidas en las etapas subsiguientes de esta estrategia nacional integral.
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